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Código de Conducta y Responsabilidad

El presente Código de Conducta y Responsabilidad describe los lineamientos a los que se apega el actuar de todos los colaboradores de GMI Consulting en el cumplimiento de sus funciones y hace patente el compromiso de quienes integran esta Firma de Consultoría en el cumplimiento de sus normas, principios y reglamentación, así como de las leyes de México y los países donde opere.

Estas normas de conducta han sido redactadas con una perspectiva de respeto a los derechos humanos y son de observancia general, por lo que aplican a todos los colaboradores de todas las áreas, particularmente para aquellos que por su puesto o sus funciones tienen trato con comunidades y grupos de vecinos.

PRÁCTICAS ÉTICAS PERSONALES

GMI Consulting asume y exige a sus colaboradores el compromiso de realizar sus actividades profesionales con total apego a prácticas legítimas y éticas.

Deber de informar acerca de transgresiones

Todo colaborador tiene el deber de informar de buena fe a la Dirección General de cualquier circunstancia que considere como una trasgresión a cualquier norma interna o a las Políticas Corporativas de esta Firma. Se deberá de notificar cualquier sospecha de transgresiones a las normas a la Dirección General, quien estará obligada a investigar el asunto y tomar las medidas correctivas necesarias.

No habrá represalias contra ninguno de los colaboradores por haber informado de buena fe una posible violación a las normas. Sin embargo, el colaborador puede incurrir en responsabilidades si informa con dolo o de mala fe con el único objetivo de perjudicar a un tercero.

Conducta Anti-Soborno

Se entiende por soborno la donación de dinero o cualquier otro valor con la intención de influenciar la conducta de un líder comunitario, una autoridad, o cualquier otra persona en beneficio de las funciones del colaborador o de GMI Consulting.

Queda estrictamente prohibido el uso de fondos del colaborador o propiedad de GMI Consulting para fines ilegales, carentes de ética o de cualquier otra manera indebida, ya sea a título personal o en nombre de la Firma; tales usos abarcan pagos indebidos, comisiones ilegales o compensaciones ilegítimas. Ningún colaborador deberá pagar, ofrecer o autorizar cualquier tipo de soborno o hacer ningún pago ilegítimo ni a título personal ni en nombre de la Firma.

La entrega de dinero (excepto para la adquisición de un producto o servicio) o regalos puede ser considerado una comisión ilegal y susceptible de sanciones, por lo que ningún colaborador deberá ofrecer o autorizar la entrega de dinero o un regalo en nombre de la Firma a ninguna persona.

Conflictos de interés

Se entiende como conflicto de interés toda situación en la que el juicio de una persona está indebidamente influenciado por sus propios intereses o los de terceros, contraponiéndose a los de GMI Consulting o de sus clientes, pudiendo afectar o afectando la integridad de sus decisiones y comprometiendo los intereses de esta Firma.

En todo momento se deberán evitar relaciones comerciales, financieras o de otra índole que puedan provocar conflicto con los intereses de esta Firma o de sus clientes, o afectar o influenciar la capacidad de cumplir con los deberes del colaborador. Existe un conflicto de interés cuando, de manera enunciativa más no limitativa, se actualiza alguno de los siguientes supuestos:

  • El colaborador directamente o por conducto de un familiar en primer grado tiene un interés financiero o está obligado con un competidor de GMI Consulting, con alguno de sus clientes, con alguna autoridad relacionada con sus funciones, o en algún negocio del que tiene conocimiento que esta Firma tiene o contempla la posibilidad de tener alguna relación comercial.
  • El colaborador directamente o por conducto de un familiar en primer grado adquiere bienes inmuebles o muebles, alquileres, patentes o derechos en las que es de su conocimiento que GMI Consulting los tiene o es probable que los tenga.
  • El colaborador utiliza una posición o cargo en GMI Consulting o los equipos, suministros o instalaciones de esta Firma para actividades o fines personales, o lleva a cabo cualquier acción que pueda implicar patrocinio o apoyo de la Firma a una actividad que no haya sido autorizada por la Dirección General.

Cualquier colaborador que tenga conocimiento de un conflicto de interés real o potencial, o la apariencia de un conflicto de intereses, ya sea propio o de algún otro colaborador, deberá notificarlo inmediatamente a la Dirección General con el objetivo de asegurar la integridad de las transacciones de la Firma y la protección de sus intereses y los de sus clientes.

Deber de mantener la Confidencialidad de la Información

Es responsabilidad de todos los colaboradores de GMI Consulting cumplir con el Convenio de Confidencialidad firmado con esta Firma para salvaguardar la información confidencial que pueda obrar en su poder y no darla a conocer a ninguna persona que no esté autorizada a recibirla por ningún medio, dentro o fuera de la Firma.

Por información confidencial se entiende cualquier información que no haya sido difundida públicamente por la Firma o sus clientes, los datos personales recabados durante el trabajo de campo, y toda aquella que podría ser útil o beneficiosa para los competidores de GMI Consulting en perjuicio de esta Firma o de sus clientes. Entre los ejemplos más comunes se encuentran la información técnica de los proyectos de los clientes que no haya sido publicada por ellos; los datos personales y sensibles de los entrevistados y las personas con las que se relacionan los investigadores durante el trabajo de campo; los datos financieros, auditorías u otros informes de evaluación de la Firma; los términos de los contratos de GMI Consulting con sus clientes; los proyectos de investigación; las herramientas de levantamiento de información, las metodologías y los manuales institucionales; y la información de cualquier tercero que esté sujeta a un acuerdo de confidencialidad.

La información confidencial sólo deberá ser utilizada para los fines establecidos por esta Firma. En caso de que un colaborador deje de prestar sus servicios a GMI Consulting por cualquier razón, sus obligaciones jurídicas con respecto a la información confidencial permanecerán vigentes, en términos del Convenio de Confidencialidad suscrito entre la Firma y el colaborador.

Comportamiento ético y responsable durante el trabajo de campo

Debido a las características intrínsecas del trabajo en campo, los colaboradores que realicen actividades en contacto con integrantes de comunidades rurales o urbanas en sus lugares de residencia deberán tener presentes en todo momento los siguientes lineamientos:

  • Brindar un trato digno, respetuoso y no discriminatorio a todas las personas;
  • Respetar las prácticas sociales y los códigos de conducta locales;
  • Interactuar de manera respetuosa con sus interlocutores, llamarlos por sus nombres de pila, o en su defecto de manera respetuosa evitando apodos o sobrenombres;
  • Generar un ambiente de respeto y confianza mutua, con especial énfasis en su relación con personas en situación de vulnerabilidad (adultos mayores, indígenas, mujeres, niños, personas con discapacidad, entre otros);
  • No hacer comentarios o expresiones fuera de lugar que puedan llegar a humillar o poner en una situación de desventaja a su interlocutor;
  • Respetar los usos y costumbres y las tradiciones de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, así como de los barrios originarios de la Ciudad de México.

Aceptación de regalos y participación en actividades sociales

Queda prohibido solicitar o aceptar honorarios, préstamos, comisiones, servicios o donaciones monetarias de ninguna índole por parte de proveedores, clientes, vecinos o habitantes de las localidades en las que desempeñen sus funciones los colaboradores de GMI Consulting.

Únicamente se pueden aceptar regalos no monetarios o atenciones en actividades sociales que estén de acuerdo con las prácticas éticas aceptadas por la Firma y que no tengan un valor significativo ni la finalidad de influenciar la conducta del colaborador. Aceptar presentes o atenciones sociales no implica dar ningún trato preferencial a la persona que haya entregado u ofrecido esos presentes o atenciones, e incluso se debe evitar cualquier manifestación que genere expectativas de tratamiento preferencial.

Está permitido hacer regalos y tener atenciones sociales por cuenta propia (nunca en nombre de la Firma) durante el curso habitual del trabajo, siempre y cuando:

  • Sean razonables y coherentes con las leyes aplicables y queden dentro de las normas éticas y las prácticas aceptables de la comunidad.
  • Se realicen a cambio de acciones u omisiones que incidan en las actividades profesionales de los colaboradores.
  • Sean de un valor limitado, como para que no se puedan interpretar como sobornos, comisiones ilegales o compensaciones ilegítimas.
  • En ningún caso comprometan los Principios Corporativos de esta Firma ni menoscaben la legitimidad del trabajo realizado por GMI Consulting.

Todos los colaboradores tienen libertad para realizar actividades extracurriculares durante el trabajo de campo, siempre y cuando éstas no interfieran con su desempeño y de ninguna manera puedan generar un conflicto con los intereses de esta Firma o de sus clientes. Si las actividades son controversiales o de índole delicada, se espera que los colaboradores soliciten orientación al respecto a su superior inmediato antes de comprometerse con ellas.

PRÁCTICAS ÉTICAS LABORALES

De conformidad con la Organización Internacional del Trabajo: “El trabajo decente sintetiza las aspiraciones de las personas durante su vida laboral. Significa la oportunidad de acceder a un empleo productivo que genere un ingreso justo, la seguridad en el lugar de trabajo y la protección social para todos, mejores perspectivas de desarrollo personal e integración social, libertad para que los individuos expresen sus opiniones, se organicen y participen en las decisiones que afectan sus vidas, y la igualdad de oportunidades y trato para todos, mujeres y hombres”. 

GMI Consulting dará cumplimiento a las siguientes prácticas éticas en relación con sus colaboradores, promoviendo el trabajo decente al interior de la organización:

Política de empleo y salario en igualdad condiciones

GMI Consulting contrata personal bajo esquemas de valoración de sus calificaciones para el puesto, tomando en cuenta tanto sus aptitudes como sus capacidades de relacionamiento social y comunitario. Ningún solicitante de empleo estará sujeto a discriminación debido a su etnia, color de piel, religión, sexo, edad, nacionalidad, situación de ciudadanía, estado civil, orientación sexual, discapacidades físicas o cualquier condición diferente a sus capacidades profesionales.

Es política de esta Firma que sus colaboradores perciban igual salario por igual trabajo, sin que haya ninguna diferencia salarial por motivos de género.

Las Políticas Corporativas en conjunto con las Políticas Laborales conforman el Reglamento Interior de Trabajo, el cual da cumplimiento a la normatividad laboral vigente.

Eliminación de la discriminación y el acoso en el empleo

GMI Consulting se compromete a mantener un ambiente de trabajo libre de discriminación, lo que incluye cualquier forma de acoso de conformidad con nuestra Política de Prevención de Violencia y Acoso Sexual y Laboral. Esta Firma prohíbe terminantemente cualquier situación de acoso verbal, físico, visual, o sexual dirigido a otro colaborador ya sea en razón de su género, etnia, color de piel, religión, edad, nacionalidad, situación de ciudadanía, estado civil, orientación sexual, discapacidades físicas, o cualquier otra. Esta política se aplica a toda conducta que se observe entre los colaboradores ya sea al interior de las instalaciones de la Firma o fuera de ellas durante el desempeño laboral.

La utilización del equipo de cómputo para crear, mirar o reenviar imágenes o mensajes ofensivos a cualquier colaborador está prohibida. También está prohibido descargar de la red, transmitir o crear material para fines personales de contenido sexual o racial que sea ofensivo o discriminatorio.

Deber de Privacidad

GMI Consulting se compromete a respetar los Acuerdos de Confidencialidad firmados con sus clientes, a proteger la integridad de los datos personales y sensibles que hayan sido recabados por sus colaboradores durante el trabajo de campo, así como todos los datos e información de índole privada relativos a propios sus colaboradores.

 

 

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